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En el caso de Mosquera, el mutuo acuerdo fue autorizado por la Junta Directiva y se fundamentó en la necesidad urgente del Gerente General de someterse a una intervención quirúrgica. Este acuerdo fue una decisión consensuada y no unilateral.

La indignación de miles de personas en el territorio panameño ha quedado plasmado en las redes sociales luego de que se ventiló que en la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA) el gerente general Carlos Mosquera se desvinculó de su cargo «por mutuo acuerdo», recibiendo una indemnización de $249,195.96. Acción que será efectiva el 30 de junio, un día antes de entrar el nuevo gobierno.

Además de Mosquera, otras cinco personas de altos rangos de esa empresa de electricidad también tendrán cuantiosas indemnizaciones «por mutuo acuerdo» que suman casi el millón de dólares.

El presidente electo, por su parte, manifestó en su cuenta de X, «Los cargos por periodo de 5 años, sobre todo los de libre remoción o funcionarios de confianza, terminan el 30 junio. No se van a permitir ‘novedosas’ maneras de terminar tales cargos a través de fórmulas (mutuos acuerdos) que no representan otra cosa que un abuso contra los fondos de la Nación. Solicito al Contralor que estas u otras fórmulas no sean pagadas».

En un segundo mensaje, luego de ver la publicación que circula en redes, que asegura que además de Mosquera otros funcionarios también recibirán cuantiosas liquidaciones, dijo: «De ser esto cierto, sería un atraco a fondos públicos intolerable, muy próximo al delito, en el mejor escenario».

Por todo lo anterior, la empresa ETESA emitió un comunicado en la noche de ayer 22 de junio en el que sostiene «que con fundamento en todas las disposiciones legales citadas, y siendo estos directivos trabajadores de la empresa ETESA, tienen el derecho de suscribir mutuos acuerdos como se ha hecho en las anteriores administraciones y, de igual forma, recibir las prestaciones laborales que por ley les correspondan como son vacaciones, décimo tercer mes, prima de antigüedad y la respectiva indemnización, previo refrendo de la Contraloría General de la República».

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Añaden que, en el caso de Mosquera, el mutuo acuerdo fue autorizado por la Junta Directiva y se fundamentó en la necesidad urgente del Gerente General de someterse a una intervención quirúrgica. Este acuerdo fue una decisión consensuada y no unilateral.

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En el comunicado, también explican que la Junta Directiva de ETESA, conforme al artículo 26 de la Ley 194 de 2020, tiene la facultad de establecer políticas de personal. Desde 2004, existe una Política General de Beneficios para Trabajadores, actualizada por última vez en junio de 2019. Esta política incluye una indemnización para terminaciones de contrato por decisión unilateral de la empresa, basada en una tabla de compensación según los años de servicio.

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